- Del 28 de junio al 17 de agosto.
- Exclusivamente por internet
- Anónimo y Obligatorio
- Para censarse hacer clic aquí
El Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires ha dispuesto, por Resolución (CS) Nº: 1136/10, la realización del Censo de Personal No Docente, de carácter general y obligatorio, a fin de contar con información sobre las características socio demográficas y trayectorias de la población No Docente de la Universidad.
Deberán Censarse:
Todas las personas que tengan cargos no docentes pertenecientes a plantas permanente y transitoria, que revistan en los agrupamientos administrativo; mantenimiento, producción y servicios generales; técnico-profesional; y asistencial (Art. 2º, Res (CS) Nº: 1136/10).
El cumplimiento y envío de la Situación de Revista y del Cuestionario Censal, dentro del plazo estipulado, permitirá la obtención del comprobante de censo que le será solicitado durante el término de los seis meses subsiguientes de la realización del censo (Art. 9, Res. (CS) Nº: 1136/10).