Logo de la Universidad de Buenos Aires

NOTICIAS

Imagen ilustrativa UBAHOY
| INSTITUCIONAL

El Rector firmó una resolución respecto al Coronavirus

Se tomarán medidas preventivas en el ámbito de la UBA, teniendo en cuenta las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación respecto al Coronavirus COVID-19 y las opiniones formuladas por la Comisión Asesora sobre Temas de Prevención y Trasmisión de Enfermedades Infecto Contagiosas dependiente del Rectorado.

Imagen de la noticia El Rector firmó una resolución respecto al Coronavirus

Dado que nuestro país continúa en la fase de contención es menester reforzar las medidas de prevención y por consiguiente se dispone que el personal docente, nodocente, becarios, estudiantes, personal académico temporario o visitante, terceros que presten servicios no académicos permanentes o temporales de la Universidad de Buenos Aires que hayan estado o permanecido en tránsito en Alemania, China, Corea, España, Estados Unidos de América, Francia, Irán, Italia, Japón o los países que indique el Ministerio de Salud en el futuro, deberán abstenerse de ingresar a jurisdicción de la Universidad de Buenos Aires hasta transcurridos quince (15) días desde su arribo a la República Argentina, aunque no presenten síntomas de estar afectados por COVID-19.

Quedan exceptuados las y los pacientes que concurran a los hospitales dependientes de esta Universidad.
También se recomienda a las personas que se encuentran comprendidas por esta resolución (N°270/2020) que permanezcan en situación de resguardo y aislamiento, evitando el contacto social por quince (15) días contados a partir de la fecha de su arribo a la República Argentina. 

La Universidad adhiere a la resolución 2020-178-APN-MT del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. En consecuencia, el personal docente y nodocente comprendidos por la Resolución 270/2020 tendrán una licencia excepcional, la que no afectará la normal percepción de las remuneraciones normales y habituales, como así tampoco de los adicionales que por ley o Convenio les correspondiere percibir, y no se computará a los fines de considerar toda otra licencia prevista normativamente o por Convenio y que pudieran corresponder al uso y goce del trabajador.
No se computarán las inasistencias de las y los estudiantes y becarios afectados por la Resolución 270/2020; 
Se intensificarán las modalidades de enseñanza o trabajo a distancia y la reprogramación de las actividades de evaluación de las personas afectadas