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Derecho a la información

El derecho de acceso a la información pública es aquel que tiene todo ciudadano a acceder a información en manos del Estado o que haya sido creada con fondos públicos. Es vital para fortalecer y mejorar las instituciones públicas y ha sido consagrado en nuestra Constitución Nacional y en diversos tratados internacionales.

En 2010, la Universidad de Buenos Aires creó su propio Reglamento para acceder a información y un órgano de aplicación y seguimiento como la Oficina de Acceso a la Información. Así, se garantiza el ejercicio de este derecho en el ámbito universitario.


> ¿De qué hablamos cuando hablamos de acceso a la información?
Según la Convención Americana de Derechos Humanos, el acceso a la información se encuentra comprendido en el derecho a la libertad de pensamiento y expresión, que comprende “la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole”.


> ¿Por qué el acceso a la información es un derecho humano?
Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición.

Además, se encuentran interrelacionados, son interdependientes e indivisibles. Esto quiere decir que para poder ejercer uno de ellos, los otros son necesarios, y el avance de uno facilita el avance de los demás. De la misma manera, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás.

El acceso a la información, como parte del derecho a la libre expresión, se vuelve entonces indispensable para poder acceder y ejercer otros derechos humanos. ¿Cuáles? Pueden ser civiles y políticos (como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión), económicos, sociales y culturales (como el derecho al trabajo, la seguridad social y la educación), o colectivos (como los derechos al desarrollo y la libre determinación).

¿Cómo puedo asistir a una consulta médica o a vacunarme en un centro de salud pública, si no conozco las fechas, los horarios o su ubicación? ¿Cómo puede elegir una escuela o una carrera universitaria si no conozco sus contenidos, sus programas o sus profesores? La información pública, su difusión y el acceso a ella en tiempo y forma se vuelven, entonces, elementales para poder ejercer otros derechos humanos. Por esta razón, el Instituto Interamericano de Derechos Humanos define al acceso a la información como un derecho multiplicador.


> ¿Qué información se considera pública?
Según la UNESCO, la legislación en materia de libertad de información refleja la premisa fundamental de que toda la información en poder de los gobiernos y las instituciones gubernamentales es, en principio, pública. Solo puede ser retenida, mediando fundamentación, si existen razones legítimas para no divulgarla, como suelen ser la privacidad y la seguridad. Mirá el tutorial sobre como solicitar información publica a la Universidad de Buenos Aires aquí.

> ¿Y mis datos personales? ¿Pueden considerarse información pública?
No. Tus datos personales se encuentran protegidos por otro derecho humano: el derecho a la privacidad. La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que “nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, o su correspondencia” y que “toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques”. Mirá el tutorial sobre como solicitar acceso o actualización de tus datos personales a la Universidad de Buenos Aires aquí.

Dos derechos humanos, en dos líneas:
La información en poder del Estado: pública.
Tus datos personales: privados.