La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó que el Gobierno Nacional deberá ejecutar inmediatamente la Ley de Financiamiento Educativo Universitaria y Recomposición del Salario Docente.
LA JUSTICIA FALLÓ A FAVOR DE LAS UNIVERSIDADES
La Justicia Federal rechazó la apelación del gobierno y confirmó que éste deberá aplicar la Ley de Financiamiento Universitario. La medida ordena al Poder Ejecutivo Nacional “el cumplimiento inmediato de dos de las normas de la ley 27.795, en particular, los arts. 5 y 6, primer párrafo, los cuales se refieren a la actualización de los salarios de los docentes y no docentes de las universidades públicas entre el período 1/12/2023 hasta la sanción de la ley y la recomposición de todos los programas de becas del estudiantado”.
El vicerrector de la UBA, Emiliano Yacobitti pidió que, tras el fallo, el gobierno se siente a dialogar con los actores de las universidades públicas y destacó que ”La situación de quienes enseñan y trabajan en las universidades públicas no da para más, ya que la gran mayoría de ellos está por debajo de la canasta básica”.
“El PEN debería cesar su ataque deliberado contra el sistema universitario y cuidar lo que realmente funciona, acatando el fallo y la ley”, dijo Yacobitti. Y agregó: “Si de un lado no se cumple la ley y del otro se proponen medidas de fuerza por tiempo indeterminado, los principales perjudicados son los estudiantes y el pueblo argentino”.
Como parte de sus argumentos en el reciente fallo, los jueces firmantes plantean que “resultan poco serios los agravios del Estado Nacional relativos a que la medida cautelar constituiría una sentencia definitiva encubierta, puesto que el objeto de la acción y lo requerido en la medida cautelar en modo alguno son coincidentes”.
Por otro lado, los jueces Sergio Gustavo Fernández y Jorge Eduardo Morán, argumentan que la aplicación de la ley no tiene fuerte impacto en el equilibrio fiscal, como ya lo había determinado el juez de grado Enrique Cormick, quien en primera instancia aclaró que: “no se observaba una afectación al interés público, sino que, por el contrario, la falta de cumplimiento de la ley afectaba el derecho a enseñar y aprender del art. 14 de la Constitución Nacional. A su vez, tuvo en cuenta que el impacto fiscal de la medida había sido estimado por la Oficina del Presupuesto del Congreso en un 0,23 % del PBI. Aseveró que dicha cifra representaba un ahorro poco significativo para el presupuesto global de gastos de la administración pública”.