El Poder Ejecutivo Nacional deberá cumplir con los artículos 5 y 6 de la Ley de Financiamiento Universitario, que ordena la actualización salarial de las y los trabajadores y la recomposición de todos los programas de becas del estudiantado.
La Corte Suprema de Justicia ratificó la cautelar
La Corte Suprema de Justicia dejó firme la medida que ordena cumplir con la actualización salarial y la recomposición de becas estudiantiles. Los máximos magistrados rechazaron, de esta manera, la apelación presentada por el gobierno y resolvieron dejar firme la medida cautelar al declarar inadmisible el recurso del Estado respecto de la cautelar por falta de sentencia definitiva.
La Ley de Financiamiento Universitario, aprobada e insistida por ambas cámaras del Congreso Nacional, nunca fue ejecutada por el Gobierno Nacional, ya que mediante el decreto 759/2025, determinó que sólo podía hacerse efectiva, si se definían las fuentes específicas para su financiamiento. Ante esto, el Consejo Interuniversitario Nacional, con el apoyo de todas las universidades y de la sociedad en general, interpuso un amparo para que la justicia declare inconstitucional dicho decreto.
La justicia, tanto en primera instancia, como por parte de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, concedió la medida cautelar solicitada por el sistema universitario nacional y ordenó que, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo, el Poder Ejecutivo Nacional, debía cumplir con lo dispuesto en los artículos 5° y 6° de la Ley No 27.795. Esta medida fue ratificada hoy, por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la firma de los jueces Rosatti, Lorenzetti y Rosenkrantz.
Ver resolución de la Corte Suprema
En medio de las negociaciones, el pasado 10 de junio, el Consejo Interuniversitario Nacional, junto a representaciones gremiales docentes y nodocentes, firmaron un acuerdo de emergencia con el Poder Ejecutivo Nacional ante la cada vez más crítica situación presupuestaria del sector.
El mismo dispuso un incremento de la masa salarial del 24,33% para el sector docente y nodocente (distribuido en un 21,33% en junio y un 3% en octubre), que contempla el desfasaje de 2025 y la inflación acumulada a mayo de 2026; y la reinstauración de las paritarias con una periodicidad máxima de tres meses, el aumento del 20% en los gastos de funcionamiento y la asignación específica destinada para los hospitales universitarios, garantizando la continuidad de su invalorable aporte a la formación de nuevos profesionales y al sistema de salud en general.